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Reforma a la Ley Federal del Trabajo y actualización a los sistemas CONTPAQi Nominas® y CONTPAQi Personia®: Reducción de la Jornada Laboral
Te informamos que el 1 de mayo de 2026, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral (LFT), mismo que entra en vigor en la misma fecha de publicación.
La publicación oficial puede consultarse en el siguiente enlace: DOF – Diario Oficial de la Federación
Esta reforma busca armonizar con el Decreto que reforma las fracciones IV y XI del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el pasado 3 de marzo, y establece un nuevo marco para la duración máxima de la jornada laboral en el país.
Principales aspectos de la reforma a la LFT
🔹 Reducción progresiva de la jornada ordinaria
Artículo 59
La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo se reduce de 48 a 40 horas semanales, de manera progresiva, conforme al artículo segundo transitorio, de la siguiente forma:
| Año | Jornada semanal |
| 2026 | 48 horas |
| 2027 | 46 horas |
| 2028 | 44 horas |
| 2029 | 42 horas |
| 2030 | 40 horas |
🔹 Trabajo extraordinario (horas extras dobles)
Artículo 66
El trabajo extraordinario no deberá exceder de 12 horas diarias que pueden distribuirse máximo en:
- 4 horas diarias
- 4 días en la semana
De acuerdo con el cuarto transitorio de este decreto, el límite se alcanzará de manera gradual conforme a lo siguiente:
| Año | Horas extras semanales |
| 2026 | 9 horas |
| 2027 | 9 horas |
| 2028 | 10 horas |
| 2029 | 11 horas |
| 2030 | 12 horas |
🔹 Tiempo extraordinario excedente al permitido (horas extras triples)
Artículo 68
- La prolongación del tiempo extraordinario no podrá exceder de 4 horas a la semana.
- Dichas horas deberán pagarse con un 200% adicional sobre el salario por hora.
Dato importante
- La suma de la jornada ordinaria y la extraordinaria no podrá exceder de 12 horas diarias.
🔹 Descanso semanal
Artículo 69
Se mantiene la disposición de que, por cada seis días de trabajo, el trabajador deberá gozar de al menos un día de descanso obligatorio semanal, con salario íntegro.
🔹 Registro electrónico de la jornada laboral
Artículo 132, fracción XXXIV
- Se incorpora la obligación patronal de llevar un registro electrónico de la jornada laboral incluyendo el horario de inicio y finalización.
- Dicho registro deberá ponerse a disposición de la autoridad laboral cuando así sea requerido.
- Esta obligación entrará en aplicación el próximo 1 de enero de 2027.
- Pendiente la publicación de sus disposiciones especiales por parte de la STPS
- El contenido del registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y empleadora.
🔹 Sanciones por incumplimiento de registro electrónico de la jornada
Artículo 994, fracción IV Bis
- Se establecen multas que van de 250 a 5,000 UMAs para los patrones que no cumplan con la obligación de llevar el registro electrónico de la jornada.
🔹 Garantía salarial
Séptimo transitorio
En ningún caso la aplicación de esta reforma podrá implicar la disminución de sueldos o salarios de las personas trabajadoras.
Importante
Cambios que entran en vigor el 1 de mayo del 2026:
- La distribución del tiempo extraordinario (tiempo extra doble) cambia de no más de 3 horas al día ni más de 3 veces por semana a la nueva distribución de no más de 4 horas diarias y no más de 4 veces a la semana.
- El límite de 4 horas a la semana correspondiente al tiempo extraordinario (tiempo extra triple).
- Estos nuevos límites establecidos en la LFT para el tiempo extraordinario generan cambios en la determinación de los exentos y gravados tanto para ISR como para IMSS.
Disposiciones que se mantienen aun en 2026:
- La jornada laboral ordinaria se mantiene en 48 horas.
- El límite de tiempo extraordinario se mantiene en no más de 9 horas a la semana.
Sistemas CONTPAQi®
Los sistemas CONTPAQi Nóminas® y CONTPAQi Personia® ya se encuentran preparados para cumplir con estas nuevas disposiciones, por lo que te recomendamos actualizar a la versión conforme a las siguientes indicaciones:
CONTPAQi Nóminas® V19.2.1
Podrás descargar directamente desde nuestro portal www.contpaqi.com / Iniciar Sesión/ Descargas / Actualiza tu sistema.
Para saber más, consulta la carta técnica en formato HTML y PDF.
CONTPAQi Personia® V3.3.0
Asimismo, ambas aplicaciones incluyen el módulo de control de asistencia CONTPAQi Colabora®, con el cual desde hoy puedes llevar el registro electrónico de la jornada laboral directamente desde dispositivos móviles, en cumplimiento con la nueva obligación legal.
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